¿Qué es el contrato de arras y para qué sirve?
Seguro que has oído hablar del contrato de arras en la compraventa de viviendas. Te aclaramos todas tus dudas en este artículo.
¿Qué es el contrato de arras?
Empecemos por la definición: es un contrato privado que se realiza entre el comprador y el vendedor donde se aporta una cantidad de dinero a modo de señal y que será descontada del precio final de venta.
Previo al contrato de arras se entrega una pequeña cantidad de dinero en concepto de reserva por la vivienda y el comprador lanzará una oferta al vendedor. Ahí empieza la negociación entre el comprador y el vendedor, donde CADACASA inmobiliaria interviene para que ambas partes lleguen a un acuerdo satisfactorio. No obstante, si no se llega a un acuerdo se devolverá el dinero entregado como reserva al comprador.
Una vez realizada la reserva y llegado a un acuerdo en el precio de la compra-venta, se establece un periodo corto entre una semana y diez días, dependiendo de las circunstancias de cada parte.
¿Para qué sirve un contrato de arras?
Supone una garantía para ambas partes. Si el comprador se echa atrás en la operación perderá la cantidad aportada en las arras. Pero si el vendedor es el que se arrepiente será el que tenga que devolver la cantidad entregada por duplicado.
Recapitulemos, primero la reserva como señal de bloqueo del piso, segundo el contrato de arras y por último firmar el contrato de compraventa en la notaria. Entre el contrato de arras y la firma del contrato de compraventa pueden pasar unos dos meses, sobre todo si se requiere financiación por parte del comprador o trámites de herencia por parte del vendedor, por ejemplo.
¿Qué ventajas supone firmar el contrato de arras?
- Ventajas para el comprador: asegurarse de que el propietario no venda el inmueble a otro comprador que le ofrezca más.
- Ventajas para el vendedor: se asegura también de que el comprador no se arrepienta y elija finalmente otro inmueble.
¿Qué cantidad de dinero se da? La cantidad que se aporta es entorno a un 10% del valor de la vivienda. Pero esas cantidades pueden variar ya que el contrato de arras, recordemos, es un contrato privado entre las partes.
Las arras son penitenciales y/o confirmatorias. Las primeras según el artículo 1454 del código civil penalizan en caso de incumplimiento de las partes y las segundas obligan a las partes a formalizar el contrato.
Si tienes más preguntas relacionadas con este tipo de contrato o con otros aspectos de la compraventa de viviendas en Cantabria. Ponte en contacto con CADACASA, tu inmobiliaria en Cantabria.